Plan Oro
Plan Oro
Nuestro plan Oro está diseñado para que puedas tener una protección completa para tu familia sin pagar sobre costos!
$33.000 mensuales
Condiciones comerciales
Tanto el titular como los beneficiarios deben ser menores de 70 años.
Servicios incluidos
Términos y condiciones
EL PLAN ORO CONTRATADO ENTRE FUNERARIA Y FLORISTERÍA DE LA COSTA CI S.A.S., con NIT. 900.466.373-7 el contratante cuyo nombre se incluye en este documento tiene las siguientes características y alcance:
PRIMERO: CARACTERÍSTICAS:
1. Cobertura nacional
2. Transporte nacional terrestre hasta un salario mínimo legal vigente.
3. Traslado del cuerpo o restos mortales desde el lugar de fallecimiento, clínica u hospital hasta la casa funeraria donde se prestará el servicio funerario.
4. Servicio de preservación de la persona fallecida (tanatopraxia y tanato estética) para una duración de 24 horas.
5. Suministro de cofre tipo oro
6. Asesoría y acompañamiento en los trámites y diligencias legales
7. Atuendo completo (hábito, sábana, medias, guantes, cordón de San Francisco y rosario)
8. Hasta cuatro (4) veladoras de acuerdo a como se acostumbre en el lugar de prestación de los servicios
9. Una (1) ofrenda floral en ramo
10. Cinta membretada con el nombre del fallecido
11. Una serie de doce (12) carteles
12. Libro de registro de asistencia en las Funerarias de Funeraria de la Costa
13. Sala de velación hasta por (24) horas, o según el tiempo y las condiciones propias de la región.
14. Servicio especial de cafetería en las instalaciones de Funeraria de la costa, en el resto del país de acuerdo a la costumbre local y lo que ofrezca la entidad funeraria de convenio.
15. Kit de velación y cafetería si la familia desea prestar el servicio domiciliario en las instalaciones de funeraria de la Costa.
16. Préstamo de candelabros, un cristo y treinta (30) sillas, si la velación desea hacerse en la casa.
17. Préstamo de una carpa si desea hacerse la velación en casa en el municipio de Quibdó o si no se tiene disponibilidad en el municipio donde se esté prestando el servicio.
18. Transporte de la persona fallecida hasta al lugar de las exequias y posteriormente hasta el cementerio
19. Pago de la bóveda hasta por cuatro años en el municipio de Quibdó (siempre y cuando este valor no supere la suma estimada de un salario mínimo mensual legal vigente a la fecha del fallecimiento).
20. Misa de exequias y novenario en el municipio de Quibdó
21. Lápida de mármol gris de ( 35 cms x 35 cms)
22. Seguro de vida por tres millones de valor asegurado siempre y cuando se cumpla con las directrices de la compañía aseguradora y a la declaración de asegurabilidad de la misma.
SEGUNDO: ACLARACIONES:
A1. La cobertura nacional es la posibilidad que tiene el contratante que la contratista le preste el servicio a los vinculados en el plan en cualquier municipio de la geografía nacional.
A2. Este plan oro le da la posibilidad al contratante de vincular seis personas menores de 69 años 364 días, es decir menores de 70 años.
A3. Transporte nacional terrestre: Este plan le da la posibilidad al contratante a que el contratista le preste el servicio de transporte nacional terrestre desde cualquier cabecera municipal hasta cualquiera otra en medio de transporte terrestre, en un solo recorrido, y en un solo medio de transporte terrestre hasta por un salario mínimos legal vigente. Los transportes aéreos y fluviales no están incluidos. Este servicio incluido se prestará directamente con los recursos y vehículos destinados por la contratista o con aliados estratégicos que la contratista tiene en todo el territorio nacional.
A4. Kit de cafetería, en el caso que la prestación del servicio funerario se pueda prestar en los municipios donde la contratista tiene infraestructura propia y que el contratante desee que el ritual de velación sea en el domicilio de la familia, la contratista entregará al contratante o su representante los siguientes elementos: doscientos panes, cuatro (4) libras de panela o dos libras de chocolate, dos (2) libras de café, (10) cajas pequeñas de aromáticas, cuatro (4) bolsas de leche en polvo, dos (2) bolsas de dulces, media (1/2) arroba de azúcar, doscientas servilletas, doscientos (200) vasos desechables grandes y doscientos vasos desechables pequeños.
A5. La contratante se hará cargo del pago del alquiler de bóveda, lote o cremación hasta por un valor de un salario mínimo legal vigente, si el valor de este servicio excede este valor en su momento será sufragado directamente por el contratante.
A6. En caso de optar por la cremación como destino final en los demás municipios del territorio nacional donde fuera posible, el costo del mismo más el transporte será sufragado hasta por un salario mínimo para la cremación y hasta un salario mínimo para el transporte, siempre y cuando no se haya hecho uso del transporte nacional al comienzo del servicio. Los valores excedentes serán sufragados por el contratante o su representante.
A7. Tratándose de la misa de exequias en municipios del Chocó y el resto del País, distintos a Quibdó, se hará un reconocimiento especifico y exclusivo para el pago de dicho concepto directamente por la contratista por el valor total cobrado por la iglesia, siempre y cuando este valor no exceda $60.000.
A8. La lápida que se ofrece en este plan es solo para entregar en el departamento del Chocó, en lugares diferentes a este Departamento este servicio no está incluido.
A9. La lápida podrá solicitarla con un lapso de un (01) año contado a partir de la fecha del fallecimiento; pasado dicho término el derecho se extinguirá.
NOTA: Este documento hace parte integral del contrato suscrito entre FUNERARIA DE LA COSTA CI S.A.S Y el contratante identificado en este documento.